Debida diligencia de terceros, con evidencia de cada consulta
La debida diligencia de un tercero empieza donde termina el formulario de alta: con la verificación de lo que el tercero declaró. Eso significa contrastar identidad y datos fiscales contra registros públicos, reconstruir la cadena societaria hasta la persona física que controla, cribar a la sociedad y a sus personas relevantes contra listas de sanciones y listas restrictivas, detectar personas expuestas políticamente, y revisar antecedentes judiciales, regulatorios y de prensa accesibles.
Verdana ejecuta ese recorrido de forma consistente y proporcional al riesgo. El perfil de análisis asignado determina qué verificaciones corresponden: un proveedor de bajo riesgo pasa por un cribado básico y avanza; uno de alto riesgo activa debida diligencia reforzada, con búsqueda ampliada, análisis de razonabilidad comercial y aprobación de un nivel jerárquico superior antes de habilitarse. Las alertas se gestionan como tareas con responsable y plazo, y su descarte exige motivo registrado.
Lo que queda al final no es un semáforo, es un expediente: qué fuentes se consultaron, en qué fecha, con qué resultado, qué alertas surgieron, quién las analizó y con qué fundamento se cerraron. Ese expediente se revalida en forma automática según la frecuencia del perfil, de modo que la aprobación refleje la información actual y no la de la fecha de alta.