La decisión de trabajar o no con un tercero, formalizada


La decisión, formalizadaEntrada: Hallazgos de la debida diligencia, estado documental y evaluaciones. Regla: Quien puede decidir, Emite recomendación con fundamento escrito, alcance y vigencia. Se trabaja: Queda registrado el fundamento y la fecha de revisión. Se trabaja con condiciones: Cláusulas, monitoreo más frecuente o aprobación previa por operación. No se trabaja: La decisión queda asentada en el legajo, no en un correo. La recomendación tiene fecha de revisión: no queda aprobado indefinidamente por inercia administrativa.LA DECISIÓN, FORMALIZADAEntradaHallazgos de la debidadiligencia, estado documentaly evaluacionesQuien puede decidirEmite recomendación con fundamentoescrito, alcance y vigenciaSe trabajaQueda registrado el fundamentoy la fecha de revisión.Se trabaja con condicionesCláusulas, monitoreo más frecuenteo aprobación previa por operación.No se trabajaLa decisión queda asentadaen el legajo, no en un correo.La recomendación tiene fecha de revisiónno queda aprobado indefinidamente por inercia administrativa.
La decisión que un auditor o un juez busca es la que con más frecuencia existe solo en un correo o en la memoria de una reunión.

Al final de cualquier proceso de evaluación hay una decisión humana que suele quedar sin registrar: se trabaja con este tercero, se trabaja con condiciones, o no se trabaja. Esa decisión es la que un auditor o un juez busca, y es la que con más frecuencia existe solo en un correo o en la memoria de una reunión.

Verdana la formaliza como un acto explícito dentro del legajo. Quien tiene la facultad de decidir revisa los hallazgos de la debida diligencia, el estado documental y las evaluaciones disponibles, y emite una recomendación con fundamento escrito, alcance y vigencia. Las condiciones —cláusulas contractuales adicionales, monitoreo más frecuente, limitación del tipo de operaciones, aprobación previa de cada contratación— quedan asociadas al tercero y condicionan su operación posterior.

La recomendación tiene fecha de revisión. Un tercero aprobado con condiciones hace dieciocho meses vuelve al circuito de decisión en lugar de quedar aprobado indefinidamente por inercia administrativa.